El Sindicato lleva casi un año exigiendo por escrito la convocatoria del concurso, pero en la mayoría de los casos no ha recibido respuesta.

concentracionsevilla concurso_webEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito al Defensor del Pueblo Andaluz para manifestar su disposición a participar y colaborar en la investigación que ha iniciado de oficio ante la demora de provisión de vacantes en la Administración Pública, es decir, por la falta de convocatoria de concursos de méritos (Ver carátula de escrito) (Ver en prensa).

SAF ha presentado varios escritos durante casi un año sin recibir respuesta y en todos ha recordado a la Administración la obligación de convocar el concurso de méritos con una periodicidad semestral como establece el artículo 44.2 del Decreto 2/2002. No se han efectuado convocatoria en tres años, la última se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 15 de marzo de 2011.

Por ello, SAF solicita al Defensor que inste a la Administración a convocar inmediatamente el concurso de méritos y depure responsabilidades por la demora injustificada, ya que vulnera la Ley 9/1983 y frena la carrera administrativa del personal funcionario.

La comunicación del Defensor sobre el inicio de la investigación recoge que "la cesación o ralentización tan prolongada de la actividad administrativa en los procedimientos de provisión, mediante concurso de méritos sin una justificación objetiva, puede constituir una vulneración de los citados principios constitucionales de eficacia y coordinación, que además puede situar a la Administración de la Junta de Andalucía, y en su caso, a las distintas Consejerías y Delegaciones del Gobierno, ante una conculcación de los principios de seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad garantizados por la Constitución en el art 9.3, que estaría afectando a los derechos profesionales de los empleados públicos".

La Directora General de Recursos Humanos y Función Pública aduce en Mesa Sectorial la ausencia de convocatoria por la modificación de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y por la posibilidad de que se impugnen las bases.

Las modificaciones de las RPT o reestructuraciones de las Consejerías están previstas en las convocatorias del concurso de méritos y precisamente la Disposición transitoria única del último concurso recogió este aspecto.

En cuanto a la posible impugnación de las bases, SAF no está dispuesto a renunciar a este legítimo derecho. El motivo del recurso de las bases del anterior concurso fue precisamente una rebaremación ilegal a través de la cual la Junta pretendía computar como antigüedad el tiempo de servicios prestado como interino. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó numerosas sentencias firmes a favor de SAF y declaró nula la mencionada rebaremación por lesionar los derechos fundamentales de igualdad, mérito y capacidad.

En conclusión, SAF considera que no existe justificación objetiva que impida la convocatoria de concurso de méritos en los plazos señalados en el artículo 44.2 del Decreto 2/2002. El Sindicato afirma que no convocar concursos genera deficiencias en el correcto funcionamiento de la Administración y un mayor coste en materia de recursos humanos, por perpetuar puestos adjudicados por mecanismos provisionales y excepcionales.

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