El Sindicato recuerda que esta excepción está recogida en la Ley 35/2006 y en la Instrucción 4/2009.

logo_ayudas_discapacidadEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito ante la Secretaría General para la Administración Pública, en el que solicita que una resolución recoja que las ayudas de acción social para discapacitados con grado reconocido igual o superior al 65% están excluidas de las retenciones en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El problema radica en el punto 1.3 de la Resolución de 4 de marzo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, que establece que "el pago de la ayuda se efectuará a través de la nómina y quedará sujeto a la retención legal que corresponda a cada perceptor".

La Resolución no es clara y omite que las ayudas para personas con un grado de minusvalía a partir del 65% están libres de impuestos, por lo que SAF considera que es contraria a derecho y exige su modificación. Es necesario hacer constar que las citadas ayudas se encuentran dentro de las incluidas en el artículo 7 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, consideradas como rentas exentas.

En el mismo sentido se pronuncia el punto 2.3 de la Instrucción 4/2009 de la Intervención General de la Junta de Andalucía, que excluye del sometimiento al impuesto a las ayudas destinadas al tratamiento de la salud y afirma que esta modalidad de ayuda consistirá en la financiación compensatoria de los gastos derivados de rehabilitación o atención especial de discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales.

El Sindicato recuerda en su escrito que las ayudas de acción social están suspendidas, excepto la destinada a la atención a personas con discapacidad y las indemnizaciones a cargo de la póliza del seguro colectivo de accidentes. Esta lamentable situación se prorroga por la Ley 7/2013 del Presupuesto para 2014.

pdf_button Descargar informativo (versión pdf).

SEGUIMOS LUCHANDO POR TUS DERECHOS

¡AFÍLIATE!