La denuncia se basa en posibles delitos de desobediencia de resolución judicial y contra los derechos de los trabajadores.

imagen diazEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado una denuncia penal ante el Juzgado de Instrucción número 20 contra las Directoras Generales de Recursos Humanos y Función Pública y de Planificación y Organización de los Servicios Públicos por negarse a facilitar información de efectivos reales, dotación de vacantes de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y contratación de externos. SAF considera que se puede incurrir en posibles delitos de desobediencia de resolución judicial y contra los derechos de los trabajadores, artículos 410 y 315.1 del Código Penal (Ver en prensa).

Durante años, el Sindicato ha solicitado información básica, necesaria e imprescindible para defender los derechos de los funcionarios. La mayoría de estas peticiones, adjuntadas a la denuncia, no han tenido respuesta. Precisamente, en octubre de 2012 SAF insta a la Consejería de Hacienda y Administración Pública que incluya en las RPT al personal eventual de la Junta, en su cualidad de empleados públicos, y remitan listado de los mismos. Información esencial, según la Ley 7/2007, para comprobar, entre otras cosas, si ese personal desempeña tareas propias de personal funcionario, pero no hubo contestación.

En enero y mayo de este año, SAF pidió por escrito a las Directoras Generales denunciadas la dotación de vacantes de las RPT de funcionarios, para su provisión o llamamiento de interinos, ya que dicha dotación en las Oficinas y Centros del Servicio Andaluz de Empleo y de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera, apenas llega al 50%. La petición, además, era consecuencia del fallo firme del Alto Tribunal andaluz que declaró lesionado el derecho a libertad sindical de SAF.

La Dirección General de Planificación y Organización respondió que "no cabe proporcionar listado de efectivos reales donde, de hecho, constan datos de carácter personal sin que medie el previo consentimiento expreso de cada uno de los interesados". Pero SAF recuerda que la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal reconoce que el consentimiento exigido no será preciso "cuando la cesión está autorizada en una ley, (...) cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la conexión de dicho tratamiento con ficheros de terceros ".

Llama la atención dicha negativa bajo el pretexto de vulneración de protección de datos, cuando la identificación de los puestos de trabajo y titulares se publica cada vez que se resuelve un concurso de méritos de funcionarios, que se publica la adjudicación de un puesto de libre designación o que se concede un puesto mediante el procedimiento de artículo 30 de la Ley 6/1985.

Por su parte, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, declinó que fuera su competencia y matizó que corresponde a los titulares de cada Consejería la dotación de puestos de trabajo de las mismas.

En definitiva, ambas Directoras Generales se negaron a remitir listado de efectivos reales, incumpliendo la Ley 7/2007 y la Constitución Española y obstaculizando la labor de SAF, mayoritario en la Administración General de la Junta.

SAF ya tuvo que acudir a la vía contenciosa para pedir información básica en materia de política de personal. Aún obteniendo allanamientos de la Junta y fallos firmes favorables, los titulares de los órganos administrativos siguen negando la más mínima actuación al respecto.

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