La modificación de la RPT se habría llevado a cabo sin negociación previa con los sindicatos.

modificacion rpt saeEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública por la información remitida a las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de las distintas provincias andaluzas sobre la obligatoriedad de prestar servicios del personal funcionario en la estructura del Servicio Andaluz de Empleo, articulando una nueva adscripción orgánica y funcional en esta Agencia (Ver en prensa).

Por ello, SAF muestra la preocupación de los funcionarios ante una posible inclusión en el futuro de una relación de puestos de trabajo dentro de una agencia administrativa de carácter especial como es el SAE.

Ante la polémica planteada, el Sindicato Andaluz de Funcionarios solicita a la Dirección General mencionada que confirme, y en este caso también facilite, o desmienta la existencia de Instrucción, Orden de servicio o encomienda de gestión que recoge la información sobre la modificación de la dependencia orgánica y funcional de sus puestos de RPT o cambio de las tareas que desempeñan.

Si esta información es real, SAF recuerda la ilegalidad cometida al no llevarse a cabo negociación en Mesa Sectorial con las organizaciones sindicales legitimadas y sin la previa modificación de las RPT. De ser así, el Sindicato exige que se depuren responsabilidades y cese de inmediato dicha actuación.

SAF recuerda en la denuncia que la Resolución de 20 de abril de 2011 de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el protocolo de integración de personal en el SAE, matiza que "la asignación del expresado cambio de dependencia orgánica y funcional se articulará mediante la modificación de la mencionada relación de puestos de trabajo, adoptada mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo. La relación de puestos resultante de la modificación se incorporará al catálogo de puestos de la Agencia, manteniendo su misma condición de relación de puestos de trabajo y su regulación por la normativa de la función pública".

El Sindicato insiste en su escrito que dicha modificación de RPT "requiere la previa negociación en Mesa Sectorial, como exige el Decreto 390/1986, y es materia básica objeto de negociación previa obligatoria, conforme establece el artículo 37.1 del EBEP".

SAF espera una respuesta contundente de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública desmintiendo esta información, pues los hechos constituirían una clara y manifiesta arbitrariedad que supondría la derivación de responsabilidades, incluso penales, por parte de los responsables que hubieran puesto en práctica esta ilegal y antisindical actuación.

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