Los coordinadores territoriales de la Agencia Tributaria andaluza han estado más de dos años sancionando y practicando liquidaciones sin tener potestad para ello.

agencias_noEl Tribunal Supremo confirmó una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que daba la razón al Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, y declaraba nulo de pleno derecho el Decreto 324/2009 que aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATA). El problema radica en que desde el 15 de septiembre de 2009, día que entró en vigor el mencionado Decreto, hasta el 27 de enero de 2012, fecha en la que se aprobaron los nuevos estatutos conforme al fallo del Supremo, se han llevado a cabo sanciones y liquidaciones que, a pesar de las advertencias de SAF desde el principio, ahora corren el riesgo de ser anuladas (Ver en prensa).

Los coordinadores territoriales de la Agencia no tenían potestad administrativa para dictar dichos actos. Esta potestad venía conferida por el Decreto de 2009, potestad cancelada al ser declarado nulo por el Alto Tribunal. Precisamente, ya existe resolución al respecto. La Sala de Granada del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía ya ha anulado una liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados que un contribuyente reclamó y cuyo importe es de más de 1.700 euros.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios denuncia el descontrol de la Administración andaluza que llega hasta el punto de sancionar y practicar liquidaciones, incluso providencias de apremio, sin potestad para ello incluso después de tener conocimiento de la nulidad de sus Estatutos.

Es más, SAF agrava que son miles las sanciones y liquidaciones que pueden ser anuladas a lo largo de los casi dos años y medio en los que se dictaron bajo la firma de los coordinadores, cuya validez era papel mojado. Concretamente, los impuestos cuestionables son de sucesiones y donaciones, transmisiones o las tasas sobre el juego o las máquinas tragaperras.

Estas anulaciones se podrían haber subsanado si el nuevo Decreto de 2012 hubiera previsto esta contingencia. Según el Sindicato, a la Junta le hubiera bastado una mera referencia en Disposición Transitoria, estableciendo la subsistencia de los actos dictados.

Una vez más, el Sindicato Andaluz de Funcionarios muestra su disconformidad e indignación ante las actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Andalucía al margen de toda legalidad y que evidencian graves consecuencias. Más aún cuando SAF adelantó la ilegalidad de los Estatutos de la ATA y la necesidad de negociarlos con los sindicatos, petición solicitada vía administrativa y, posteriormente ante la falta de respuesta, judicial. Ganada la sentencia firme en el Supremo, la solución por parte de la Junta hubiera sido fácil: acatar el fallo.

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