El Sindicato solicita la revisión de oficio sobre la nulidad de la rebaremación del concurso en un durísimo escrito.

imagen_concurso11El Sindicato Andaluz de Funcionarios insta a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública elevar al Consejo Consultivo la revisión de oficio y, consecuentemente, la declaración de nulidad de la rebaremación del concurso de méritos.

Cuando se cumple un año y medio desde la publicación en BOJA del ansiado concurso de méritos correspondiente al personal funcionario de la Administración General de la Junta y tras una desafortunada, innecesaria e injustificada modificación meses más tarde, aún publicados los listados provisionales de adjudicatarios, el Sindicato ofrece a la Administración la solución a este terrible problema que afecta a más de 12.000 funcionarios públicos (Ver escrito).

Con el exhaustivo escrito presentado, SAFJA abre un nuevo camino directo para la inmediata resolución del concurso, ciñéndose además a las bases originales. Es más, el Sindicato Andaluz de Funcionarios exige explícitamente en el escrito:

- La nulidad de pleno derecho y revocación de las Resoluciones de 14 de noviembre de 2011.

- Proseguir el procedimiento de concursos de méritos convocados en 2 de marzo de 2011 conforme a las bases originalmente publicadas.

- Indemnizar a los funcionarios participantes afectados que han sufrido los efectos del acto administrativo nulo y que debieron estar incorporados en sus correspondientes destinos, como fecha límite, el 15 de noviembre de 2011. A este respecto, el Sindicato insiste en incluir, como mínimo, las diferencias retributivas en cuanto a complemento específico y de destino entre los puestos de origen y de destino más los gastos que procedan como consecuencia de estancia y desplazamiento en localidad distinta a la propia del destino adjudicado. Todo ello a computar desde el 15 de noviembre de 2011 hasta en la que, efectivamente, tomen posesión de los puestos que les sean adjudicado de forma definitiva por causa del concurso de méritos.

- Reconocer la carrera administrativa, entre otros, a efectos de consolidación de nivel y de permanencia en el puesto, desde el 15 de noviembre de 2011 hasta en la que efectivamente tomen posesión de los puestos que les sean adjudicados de forma definitiva.

El elenco de Autos de suspensión cautelar, tanto por derechos fundamentales como ordinarios, y las sentencias dictadas han confirmado que la estrategia seguida por la Administración, con la aquiescencia de los sindicatos, es contraria a la Ley y al ordenamiento jurídico, ya que intenta beneficiar a un colectivo (interinos de larga duración) a costa de los funcionarios sin servicios de interinidad. Y de esta misma forma lo establecen los distintos tribunales.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios facilita el trabajo a la Administración y le recuerda que los actos que se impugnan son susceptibles de revisión de oficio, tal y como previene el artículo 102 de la Ley 30/1992: "Las Administraciones públicas, en cualquier momento, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere, declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 62.1".

Son 12.000 funcionarios afectados por esta pasividad de la Administración y, como en tantas ocasiones, el Sindicato Andaluz de Funcionarios no puede tolerar este trato. Por ello, la Junta de Andalucía se encontrará de frente con esta organización sindical que ya ha presentado escritos, recursos y ha denunciado en la calle y en los medios este atropello a la conciliación de la vida laboral y familiar, de la que se permiten el lujo de presumir pero que utilizan como herramienta de castigo para sus propios trabajadores.

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