Son bien conocidos los problemas aparejados a la deficiente coordinación y mala gestión de la DGRRHHFP en relación al Concurso de Méritos y su práctica coincidencia por las elecciones del próximo 5 de junio. La Administración era perfectamente conocedora desde diciembre del pasado año de la fecha de celebración de las elecciones. Teniendo la opción de hacerlo, optaron por no acelerar los trabajos de valoración para que la resolución del concurso de méritos finalizara con tiempo suficiente de no interferir en la cita electoral.
Desde el SAF tenemos el firme convencimiento de que NADA debe retrasar la resolución del Concurso de Méritos por su trascendencia miles de funcionarios y funcionarias. Por ese motivo, el pasado 15 de mayo solicitamos por escrito a la DGRRHHFP que lo resolviera de forma inmediata.
Hace dos días la Administración nos comunicaba por vía telefónica de que la toma de posesión será el próximo 1 de junio (sin cese diferido). Se enviaría a BOJA antes de mañana. Lamentábamos que una vez más el Director General hubiera faltado a su palabra de reunir a todos los sindicatos para transmitir esta información de forma oficial. Posteriormente se nos comunicó verbalmente que los censos no serían modificados y el personal debería votar en la mesa de su anterior centro, dificultando e incluso impidiendo de facto la participación de muchas de ellas en la elecciones (más si cabe en el caso de cambios de provincia).
Desde el SAF tenemos el firme convencimiento de que es perfectamente compatible la toma de posesión el 1 de junio y la participación, sin impedimentos, en las elecciones sindicales.
Por este motivo hemos dirigido un escrito en este sentido junto con el resto de sindicatos presentes en la Mesa Sectorial.
La Administración ha respondido convocando para el próximo viernes 24 de mayo una reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial para abordar esta cuestión.
Desde el SAF queremos manifestar lo siguiente:
1.- Nada debe retrasar la resolución del concurso y la toma de posesión debe producirse el próximo 1 de junio, tal y como anunció la Administración. Eso innegociable e intocable para el SAF.
2.- La Administración tiene la obligación de tomar todas aquellas medidas necesarias para garantizar la participación electoral de todo aquel que así lo desee. No se puede impedir el voto a quien quiera votar
Seguiremos informando.