Este Sindicato denuncia el incumplimiento sistemático de las sentencias judiciales, a pesar de que los magistrados insisten en que la libre designación "se haga excepcionalmente y justificando, caso por caso, por qué debe utilizarse".

julio muoz.efe.webLa Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección séptima, del Tribunal Supremo ha dictado, por duodécima vez en un año, nueva sentencia firme y ha anulado un puesto de libre designación en el Consejo Económico y Social, concretamente en el Servicio de Planificación Pública y Desarrollo de Proyectos. Con este fallo, van ya 232 PLD anulados definitivamente por el Alto Tribunal en un plazo aproximado de un año, todos ellos dando respuesta a los recursos interpuestos por SAFJA (Ver sentencia) (Ver en prensa).

No existe en la Junta interés alguno por reducir progresivamente este tipo de nombramientos, no ya sin justificación y de máxima responsabilidad política y de confianza sino para actividades que pueden realizar los funcionarios, y como pruebas son las sentencias firmes que desde el pasado año se suceden contra estas prácticas y que no acatan. Sentencias judiciales que sistemáticamente son ignoradas por el Ejecutivo, y que sortea con nuevas normativas.

Una vez más, el Supremo ha reiterado que cuando se considere necesario acudir al sistema de libre designación "se haga excepcionalmente y justificando, caso por caso, por qué debe utilizarse". Incluso en ocasiones los magistrados del Supremo han advertido a la Administración que los requisitos mínimos exigidos para este tipo de puestos de altos cargos y de confianza, no pueden reducirse a lo que el órgano de decisión se forje a la vista del historial profesional de los candidatos o aspirantes, porque se estarían eliminando todos los elementos reglados del ejercicio de la potestad discrecional de la Administración pública, pudiendo dar lugar a la indeseada arbitrariedad.

Es decir, que los tribunales también advierten de la ilegalidad cometida al intentar amoldar el puesto al candidato. De hecho, y tras una primera andanada de fallos contra los PLD, la Junta aprobó en julio del pasado año un decreto por el que modificó parcialmente la relación de puestos de trabajo de diferentes consejerías, exactamente los mismos que habían sido anulados por los jueces. Esta normativa, que puede parecer que la Junta elaboró para sortear las resoluciones judiciales desfavorables y mantener a su personal de confianza, también fue recurrida por SAFJA.

Casi la totalidad de las Consejerías de la Junta de Andalucía han recibido sentencias judiciales firmes del Tribunal Supremo que anulan nombramientos "a dedo" de altos cargos, como son las Consejerías de Gobernación y Justicia, de Hacienda y Administración Pública, de Economía, Innovación y Ciencia, de Turismo, Comercio y Deporte, de Obras Públicas y Vivienda, de Agricultura y Pesca, etcétera. Y eso que este tipo de provisión de puestos de trabajo debe ser "excepcional".

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