¿Con qué asistente quieres hablar?

Elige el asistente de IA según el tema de tu consulta.

El SAF interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 91/2026 de carrera horizontal: aviso importante sobre plazos

ACTUACIÓN DEL SAF: RECURSO ANTE EL TSJA

El pasado 12 de mayo, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto 91/2026, que regula la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía. Ese mismo día, el SAF denunció que la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social había modificado unilateralmente, y de mala fe negocial, el texto que se había acordado por unanimidad en Mesa Sectorial el 11 de noviembre de 2025.

Una de esas modificaciones fue el cambio de la fecha de referencia para computar la antigüedad en el encuadramiento inicial: se sustituyó la fecha de apertura del plazo de solicitud, que era lo acordado, por el 31 de diciembre de 2025. Esta "letra pequeña" tiene un efecto muy concreto: quien complete los años necesarios entre enero de 2026 y la apertura del plazo de solicitud pierde ese tiempo a efectos de encuadramiento, pudiendo llegar a perder un tramo completo de carrera horizontal, con impacto económico de por vida.

POSICIÓN DEL SAF

El SAF anunció entonces que agotaría todas las vías sindicales, administrativas y jurisdiccionales para restituir lo acordado. Hoy damos ese paso: hemos interpuesto recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, frente al Decreto 91/2026.

EL RECURSO SE DIRIGE EXCLUSIVAMENTE CONTRA EL INCISO "A 31 DE DICIEMBRE DE 2025" DEL APARTADO 4 DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. NO SE IMPUGNA EL RESTO DEL DECRETO, NI EL SISTEMA DE CARRERA HORIZONTAL, NI EL DERECHO YA RECONOCIDO A QUIEN CUMPLÍA LOS REQUISITOS A ESA FECHA.

No cuestionamos que la Administración reconozca efectos económicos desde el 1 de enero de 2026 a quienes ya cumplían los requisitos a 31 de diciembre de 2025. Lo que exigimos es que esa fecha no se convierta en una barrera que borre, sin más, los meses de antigüedad efectivamente prestados por quienes los completaron después, antes incluso de poder solicitar su encuadramiento.

SAF EXIGE QUE SE COMPUTE TODA LA ANTIGÜEDAD REALMENTE PRESTADA, SIN FECHAS DE CORTE ARTIFICIALES QUE PENALICEN AL PERSONAL FUNCIONARIO.

PRÓXIMOS PASOS

  • Admitido el recurso, el SAF formalizará la demanda en el plazo procesal correspondiente, desarrollando en detalle los argumentos jurídicos.
  • El SAF seguirá reclamando el cumplimiento íntegro de lo acordado por unanimidad en Mesa Sectorial el 11 de noviembre de 2025.
  • Informaremos puntualmente de cada avance de este procedimiento judicial.

AVISO IMPORTANTE

Las personas afectadas que tengan decidido acudir a la vía contencioso-administrativa deben tener en cuenta que el plazo para impugnar directamente el Decreto 91/2026 finaliza el próximo lunes 20 de julio. Desde el SAF consideramos que la vía de mayor cobertura procesal consiste en impugnar tanto el Decreto como la resolución individual de encuadramiento, aunque ello puede implicar la tramitación de dos procedimientos contenciosos y un mayor coste.

También es posible recurrir únicamente la resolución individual y alegar en ese procedimiento la ilegalidad del Decreto, mediante su impugnación indirecta y, en su caso, el posterior planteamiento de cuestión de ilegalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Dada la complejidad de la materia, recomendamos que quienes pretendan acudir a la vía judicial consulten antes del 20 de julio con el letrado que vaya a asumir su defensa.

JUNTOS MÁS FUERTES

📄 Descargar boletín en PDF