Por dicha Sentencia se anula la citada Oferta genérica de empleo por vulneración de los derechos fundamentales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, previstos en los artículos 14, 23.2 y 103.3 de la CE, al considerar que “el único criterio para enviar a los participantes que se inscriben en la oferta, que tienen la titulación, es un criterio aleatorio, “de suerte”, que no tiene en cuenta ningún mérito o capacidad”.
Este criterio aleatorio vino a sustituir a otro todavía más injusto (orden de fecha de inscripción en la oferta), el cual fue objeto de recurso judicial por nuestra parte y que el TSJA ya ha declarado en una reciente sentencia nulo por vulnerar los derechos fundamentales.
Por todo lo anteriormente expuesto, desde el SAF hemos dirigido sendos escritos a la DGRRHHFP y al a Dirección Gerencia del SAE instando a que se proceda a anular todos los procedimientos de selección en tramitación en base a la aplicación de la Instrucción 2/2021 y de la Adenda por suponer vulneración de derechos fundamentales. Así mismo, hemos solicitado que se inicien con urgencia los trámites tendentes a la negociación con las organizaciones sindicales del procedimiento de selección mediante oferta genérica de empleo público, de manera que quede garantizado el pleno respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Pincha AQUÍ para descargar el INFORMATIVO en formato PDF





