Presidida por la Coordinadora Económico-Presupuestaria de la Dirección Gerencia y acompañada de la Jefa de Sv. de Personal, se ha celebrado el pasado día 12 de Febrero esta Mesa Técnica cuya propuesta es la modificación de la actual Directiva del S.A.E. (Agencia de Régimen Especial) transformando puestos de trabajo y reasignando responsabilidades en esta nueva estructura, cuya tramitación entienden prioritaria. Más adelante se pretende realizar una reestructuración en profundidad de la R.P.T. de la Agencia. Todo esto se enmarca en lo que se denomina “Líneas Maestras del Plan Director de ordenación de las políticas de empleo y relaciones laborales en Andalucía”.
Una primera reflexión: Si para modificar estos puestos se está trabajando desde noviembre de 2019 ¿Cuánto se tardará en lo que de verdad afecta a la cartera de servicios de la Agencia?
Por resumir, se vuelve a crear la Secretaría General, esta vez como PLD de Nivel 30, a la que se le adscriben varios Servicios (2 de ellos de nueva creación) y 1 Sv. nuevo en la Dirección Gerencia. El resto, cambio de fichas entre las Direcciones Generales existentes. (Ver documentación).
Se presenta una modificación de la RPT, con el propósito de adaptar ésta y poder crear Puestos de Libre Designación (42 % del total). Así, se crean puestos, de los que 5 son PLD inferiores a N.30, uno de N.30 y 8 puestos PC. Desde SAF seguimos planteando que la profusión de puestos PLD merma la carrera administrativa del personal funcionario de los Grupos A1 y A2, ya que minora el concurso como forma de provisión ordinaria y subjetiviza la carrera administrativa. Como se ha manifestado en todas las Mesas Técnicas y Sectoriales, SAF se postula en contra de la modificación/creación de puestos PLD de niveles inferiores al 30. Todos los puestos creados como PLD deben adscribirse a PC, en particular el Adjunto de Tesorería (N.26) y el Adjunto de RR.HH. (N.27).
La motivación es escasa y volvemos a recordar tanto la Sentencia del TSJA que ya falló en 2010 (… y luego vinieron mas) afirmando que se debían limitar este tipo de provisión porque la libre designación es un «mecanismo extraordinario o excepcional de provisión de plazas» en el que se debe ver «claramente, mediante una adecuada motivación, las causas que lo determinen». El Auto decía también que “El Gobierno andaluz tampoco puede ampararse en la «potestad de auto organización» de la Administración para justificar los puestos PLD“.
Recordamos también la falta de cumplimiento del Acuerdo de Gobierno (MEDIDAS DE DESARROLLO Y PROSPERIDAD PARA UN NUEVO GOBIERNO EN ANDALUCÍA) que en sus apartados 19 y 21 rocoge afirmaciones como “Restringiremos el sistema de libre designación”, y ...”despolitizar la administración andaluza (...). Es preciso recuperar el modelo de respeto a las potestades públicas de los funcionarios e impulsar la mejora del derecho a la carrera profesional del empleado público a través de una promoción vertical y horizontal con garantías jurídicas evitando la discrecionalidad”.
Desde SAF exponemos que la documentación aportada adolece de algunos defectos, que la Administración se compromete a revisar, como son titulaciones de puestos, fichas de cargas y funciones, adaptación al lenguaje no sexista, códigos de puestos duplicados en lugar de crear un código multipuesto, claves de operaciones que no corresponden a las funciones de los puestos creados, etc.
Tampoco se aporta el Cuadro V de la nueva Secretaría General, que se ha solicitado para su estudio y valoración.
En la reunión se ha pedido la dotación de puestos en estos SS.CC. del SAE, apareciendo 70 puestos desdotados en la RPT. Un auténtico despropósito.
También, desde SAF hemos pedido el refuerzo del Archivo Central con 1 puesto de Ayudante de Archivo, puestos de nivel intermedio adscritos a grupos A2/C1 de Adm. Pública, y puestos de apoyo. Tanto de las áreas de Adm. Pública como de informática. Sobre este particular nos informan que los Centros Directivos ya no tienen competencias en aquellos puestos que se traspasan a la Agencia Digital de Andalucía, y que incluso la dotación de estos puestos de informática recae sobre la ADA, sin que se pueda crear ni modificar nada desde el SAE.
Finalmente, se ha pedido el listado de efectivos reales, ya que el cambio de alguno de los atributos de los puestos modificados, pudiera hacer perder la titularidad a la persona que lo desempeña.
La Administración se ha comprometido a actualizar la documentación y a estudiar las propuestas realizadas antes de la Mesa Sectorial de Negociación, donde se deberá someter a aprobación la modificación presentada.
SEGUIREMOS INFORMANDO
Una primera reflexión: Si para modificar estos puestos se está trabajando desde noviembre de 2019 ¿Cuánto se tardará en lo que de verdad afecta a la cartera de servicios de la Agencia?
Por resumir, se vuelve a crear la Secretaría General, esta vez como PLD de Nivel 30, a la que se le adscriben varios Servicios (2 de ellos de nueva creación) y 1 Sv. nuevo en la Dirección Gerencia. El resto, cambio de fichas entre las Direcciones Generales existentes. (Ver documentación).
Se presenta una modificación de la RPT, con el propósito de adaptar ésta y poder crear Puestos de Libre Designación (42 % del total). Así, se crean puestos, de los que 5 son PLD inferiores a N.30, uno de N.30 y 8 puestos PC. Desde SAF seguimos planteando que la profusión de puestos PLD merma la carrera administrativa del personal funcionario de los Grupos A1 y A2, ya que minora el concurso como forma de provisión ordinaria y subjetiviza la carrera administrativa. Como se ha manifestado en todas las Mesas Técnicas y Sectoriales, SAF se postula en contra de la modificación/creación de puestos PLD de niveles inferiores al 30. Todos los puestos creados como PLD deben adscribirse a PC, en particular el Adjunto de Tesorería (N.26) y el Adjunto de RR.HH. (N.27).
La motivación es escasa y volvemos a recordar tanto la Sentencia del TSJA que ya falló en 2010 (… y luego vinieron mas) afirmando que se debían limitar este tipo de provisión porque la libre designación es un «mecanismo extraordinario o excepcional de provisión de plazas» en el que se debe ver «claramente, mediante una adecuada motivación, las causas que lo determinen». El Auto decía también que “El Gobierno andaluz tampoco puede ampararse en la «potestad de auto organización» de la Administración para justificar los puestos PLD“.
Recordamos también la falta de cumplimiento del Acuerdo de Gobierno (MEDIDAS DE DESARROLLO Y PROSPERIDAD PARA UN NUEVO GOBIERNO EN ANDALUCÍA) que en sus apartados 19 y 21 rocoge afirmaciones como “Restringiremos el sistema de libre designación”, y ...”despolitizar la administración andaluza (...). Es preciso recuperar el modelo de respeto a las potestades públicas de los funcionarios e impulsar la mejora del derecho a la carrera profesional del empleado público a través de una promoción vertical y horizontal con garantías jurídicas evitando la discrecionalidad”.
Desde SAF exponemos que la documentación aportada adolece de algunos defectos, que la Administración se compromete a revisar, como son titulaciones de puestos, fichas de cargas y funciones, adaptación al lenguaje no sexista, códigos de puestos duplicados en lugar de crear un código multipuesto, claves de operaciones que no corresponden a las funciones de los puestos creados, etc.
Tampoco se aporta el Cuadro V de la nueva Secretaría General, que se ha solicitado para su estudio y valoración.
En la reunión se ha pedido la dotación de puestos en estos SS.CC. del SAE, apareciendo 70 puestos desdotados en la RPT. Un auténtico despropósito.
También, desde SAF hemos pedido el refuerzo del Archivo Central con 1 puesto de Ayudante de Archivo, puestos de nivel intermedio adscritos a grupos A2/C1 de Adm. Pública, y puestos de apoyo. Tanto de las áreas de Adm. Pública como de informática. Sobre este particular nos informan que los Centros Directivos ya no tienen competencias en aquellos puestos que se traspasan a la Agencia Digital de Andalucía, y que incluso la dotación de estos puestos de informática recae sobre la ADA, sin que se pueda crear ni modificar nada desde el SAE.
Finalmente, se ha pedido el listado de efectivos reales, ya que el cambio de alguno de los atributos de los puestos modificados, pudiera hacer perder la titularidad a la persona que lo desempeña.
La Administración se ha comprometido a actualizar la documentación y a estudiar las propuestas realizadas antes de la Mesa Sectorial de Negociación, donde se deberá someter a aprobación la modificación presentada.
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