En total, fueron algo más de 95.000 sanitarios, entre médicos y enfermeros, los contratados como refuerzo contra la Covid, según las centrales sindicales. Algunas comunidades consolidaron una parte de estos empleos -la Comunidad Valenciana lo hizo con el 75%, mientras la de Madrid revocó el 60% de los contratos- pero otra parte importante de los trabajadores se quedaron sin su plaza. Ahora será el Tribunal Supremo el que decida si es constitucional que los méritos de estos sanitarios sean valorados el doble que los del resto a los aspirantes.
Mientras, el 23.2 recoge que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes y el 103, que «el acceso a la Función Pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones». A partir de estas premisas, que parecen claras, deberá tomar su decisión.
Así, el Tribunal Supremo, en mayo de 2011, acordó la nulidad de un baremo que asignaba diferente puntuación a los servicios prestados en diferentes Administraciones. Mientras, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía, señaló en 2013 que debe existir diferencia en el cometido funcional de los puestos de trabajo para que esté justificada una diferente baremación de los servicios prestados. La decisión que tome ahora el Supremo afectará a un elevado número de sanitarios que quieren acceder al sector público y consolidar una plaza. Las comunidades autónomas han recurrido masivamente a la interinidad en los últimos años para cubrir puestos de trabajo, lo que ha provocado que casi uno de cada tres empleados públicos autonómicos tenga un puesto temporal, que ahora deberá consolidarse . El objetivo a partir de ahora es reducir este porcentaje al 8%.
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