Se ha celebrado en el día de ayer, 10 de febrero, la Mesa Técnica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local cuya documentación de partida puede ser consultada AQUÍ. Preside la reunión el Coordinador General de la Secretaría General Técnica, acompañado de la Jefa de Sv. de Personal y del Coordinador de P.R.L. de la Consejería.
En la presentación de la propuesta, se nos indica que lo que se pretende es “reforzar con 14 puestos de Asesores Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales, que desempeñarán sus funciones para y en exclusiva el personal de justicia (J)-, dentro de la estructura territorial provincial de la Consejería”.
Este personal (J) queda integrado en la nueva estructura territorial provincial regulada por el D. 226/2020, de 29 de diciembre, dentro de las nuevas Delegaciones Territoriales de Regeneración, Justicia y Administración Local.
Se nos remiten las ratios para la comprobación del cumplimiento normativo de mínimos, pero solo afecta a los Técnicos Superiores, sin crear ningún puesto de técnico intermedio, de nivel básico, administrativo ni con conocimientos de diseño gráfico, que apoyen a los Técnicos Superiores, como regula la Ley 31/95, el R.D. 39/1997 y sus normas de desarrollo (normativa básica). Esto incumple también lo dispuesto en la Sentencia de 24 de enero de 2019, Recurso 554/2016, de la Sala Cont. Adm. de Sevilla, a denuncia del SAF, dada la obligación de la Administración de creación de estos puestos, dejando muy claro el incumplimiento de la Junta de Andalucía en relación a los derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud.
Resulta preocupante para el SAF que la propia Directora General de Trabajo y Bienestar Social proponga en su INFORME, en relación a la creación de estos 14 puestos, la valoración de la creación de puestos de Nivel Intermedio, como se desprende de la “Guía de Actuación Inspectora en Servicios de Prevención Propios o Mancomunados” con los criterios establecidos en la misma, pero no se haya tenido en cuenta esta valoración ni creado uno solo de estos puestos.
En el transcurso de la reunión sale a relucir la AUSENCIA del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la nueva Consejería -creada en febrero de 2019- , que actualmente está integrado por los 2 Centros Directivos anteriores que aglutina. Transcurrido el plazo para su actualización (1 año) no se ha elaborado. Se nos afirma que el mismo está avanzado, pero que se pretende realizar un Plan Específico para las Sedes Judiciales (incluyendo Centros de Internamiento de Menores Infractores) y es ahí donde entra esta modificación.
Por eso mismo, desde SAF entendemos que lo que se nos presenta es una modificación parcial e incompleta (un parche) y no se tiene en cuenta la situación actual del personal funcionario del sector de Administración General en las D.T. de Regeneración, Justicia y Administración Local, que se van a disgregar de las D.T. Turismo, y que se van a quedar sin Técnicos de PRL: los 8 existentes, se mantienen en la nueva de Turismo, y los 14 que se crean son para personal de Justicia (J). Un despropósito.
Se dice que se realizará una “Gestión compartida de los recursos”, cuando lo que se está haciendo es dejar sin Prevención propia al personal de las D.T. de Regeneración, Justicia y Administración Local.
Todo ello va en contra de lo dispuesto en el Art. 15.2 del R.D.39/1997 que dispone que “Los servicios de prevención propios deberán contar con las instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades preventivas que vayan a desarrollar en la empresa”.
En cuanto a la documentación presentada, data de finales de 2019, sin alusión a las nuevas estructuras provinciales, sin acompañar una simulación de los Centros Directivos para analizar en conjunto la situación y con algunos aspectos técnicos en los que no podemos estar de acuerdo:
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En la presentación de la propuesta, se nos indica que lo que se pretende es “reforzar con 14 puestos de Asesores Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales, que desempeñarán sus funciones para y en exclusiva el personal de justicia (J)-, dentro de la estructura territorial provincial de la Consejería”.
Este personal (J) queda integrado en la nueva estructura territorial provincial regulada por el D. 226/2020, de 29 de diciembre, dentro de las nuevas Delegaciones Territoriales de Regeneración, Justicia y Administración Local.
Se nos remiten las ratios para la comprobación del cumplimiento normativo de mínimos, pero solo afecta a los Técnicos Superiores, sin crear ningún puesto de técnico intermedio, de nivel básico, administrativo ni con conocimientos de diseño gráfico, que apoyen a los Técnicos Superiores, como regula la Ley 31/95, el R.D. 39/1997 y sus normas de desarrollo (normativa básica). Esto incumple también lo dispuesto en la Sentencia de 24 de enero de 2019, Recurso 554/2016, de la Sala Cont. Adm. de Sevilla, a denuncia del SAF, dada la obligación de la Administración de creación de estos puestos, dejando muy claro el incumplimiento de la Junta de Andalucía en relación a los derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud.
Resulta preocupante para el SAF que la propia Directora General de Trabajo y Bienestar Social proponga en su INFORME, en relación a la creación de estos 14 puestos, la valoración de la creación de puestos de Nivel Intermedio, como se desprende de la “Guía de Actuación Inspectora en Servicios de Prevención Propios o Mancomunados” con los criterios establecidos en la misma, pero no se haya tenido en cuenta esta valoración ni creado uno solo de estos puestos.
En el transcurso de la reunión sale a relucir la AUSENCIA del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la nueva Consejería -creada en febrero de 2019- , que actualmente está integrado por los 2 Centros Directivos anteriores que aglutina. Transcurrido el plazo para su actualización (1 año) no se ha elaborado. Se nos afirma que el mismo está avanzado, pero que se pretende realizar un Plan Específico para las Sedes Judiciales (incluyendo Centros de Internamiento de Menores Infractores) y es ahí donde entra esta modificación.
Por eso mismo, desde SAF entendemos que lo que se nos presenta es una modificación parcial e incompleta (un parche) y no se tiene en cuenta la situación actual del personal funcionario del sector de Administración General en las D.T. de Regeneración, Justicia y Administración Local, que se van a disgregar de las D.T. Turismo, y que se van a quedar sin Técnicos de PRL: los 8 existentes, se mantienen en la nueva de Turismo, y los 14 que se crean son para personal de Justicia (J). Un despropósito.
Se dice que se realizará una “Gestión compartida de los recursos”, cuando lo que se está haciendo es dejar sin Prevención propia al personal de las D.T. de Regeneración, Justicia y Administración Local.
Todo ello va en contra de lo dispuesto en el Art. 15.2 del R.D.39/1997 que dispone que “Los servicios de prevención propios deberán contar con las instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades preventivas que vayan a desarrollar en la empresa”.
En cuanto a la documentación presentada, data de finales de 2019, sin alusión a las nuevas estructuras provinciales, sin acompañar una simulación de los Centros Directivos para analizar en conjunto la situación y con algunos aspectos técnicos en los que no podemos estar de acuerdo:
- Los puestos creados dependen del “Secretario del I.M.L.”, en vez del S.G. Provincial, órgano administrativo con competencias en personal, y reflejado en el nivel correspondiente de responsabilidad en el Plan PRL.
- Se crean puestos con códigos únicos, cuando hay provincias (CA, GR, MA Y SE) donde se crean 2 y 3 códigos.
- Las fichas de funciones y cargas de trabajo tienen la clave de operaciones RS (Propuesta de Resolución) en todos los puestos, sin corresponderle esta competencia, ya que la misma es de la jefatura del órgano administrativo del que dependan orgánica y funcionalmente, no del Técnico.
- No se han adaptado todos los puestos al lenguaje no sexista (igualdad de género)
- Etc.
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