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Mesa Técnica de Educación (27/10/2026): grupo de trabajo para la Jornada Especial

Lo más importante de esta Mesa Técnica es que la Consejería de Educación verbalizó que, a instancias del SAF, ve adecuado crear un grupo de trabajo para negociar la Jornada Especial del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía (AGJA) que presta sus servicios en entornos educativos (centros docentes).

Recordamos que a este personal no se le puede trasladar, sin más, el régimen propio del profesorado, y que hay que dar cumplimiento al artículo 28 de la Ley 17/2007, de Educación de Andalucía, que establece que:

Artículo 28 Ley 17/2007: “Se establecerán jornadas especiales para que el horario laboral del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria de los centros docentes públicos y de los servicios educativos se adecúe a las necesidades de dichos centros y servicios”.

Un administrativo de un IES es funcionario de Administración General; no es docente

El SAF manifestó en Mesa una cuestión que consideramos esencial: el personal funcionario de Administración General que trabaja en un IES debe mantener el régimen de jornada, horario, permisos y vacaciones que le es propio. La normativa es clara al respecto:

  • Los artículos 2 y 3 de la Ley 5/2023 distinguen al personal funcionario de Administración General del personal funcionario docente, que cuenta con su normativa específica.
  • El artículo 15.1 del Decreto 327/2010 señala que el personal de administración y servicios y de atención educativa y complementaria de los institutos tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación del personal funcionario o laboral que le resulte de aplicación. En el mismo sentido se pronuncia el artículo 10.2 de la Orden de 20 de agosto de 2010.
  • La propia Consejería lo reconoce en su Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos (Resolución de 30 de septiembre de 2024, modificada por Resolución de 6 de octubre de 2026): el apartado 5.3 recoge la normativa de Administración General para el personal de administración y servicios, y el apartado 6 trata de forma separada el régimen del profesorado.

Por ello, el SAF solicitó en Mesa la inmediata creación de un Grupo de Trabajo entre la Administración y las organizaciones sindicales para abordar y diseñar la Jornada Especial de estos puestos. Una Jornada Especial negociada, además de dar cumplimiento al artículo 28 de la Ley 17/2007, ofrecería al personal la seguridad jurídica necesaria en materia de jornada, horario, permisos y vacaciones.

La Consejería “considera oportuno” iniciar este Grupo de Trabajo, dice “tomar nota” de la iniciativa del SAF y comenzará a elaborar una “propuesta base” para su posterior análisis en el grupo. Reconoce que es una problemática que es necesario abordar. El SAF valoró la predisposición de la Consejería e instó a fijar una programación temporal en la próxima Mesa Sectorial.

SAF seguirá defendiendo que el personal funcionario de Administración General en centros docentes tenga una jornada especial propia, negociada y con seguridad jurídica.

Objeto de la Mesa: 39 puestos en centros educativos, casi todos sin dotar

La Consejería convocó esta Mesa para regularizar la modificación de plazas en centros educativos generada en cursos anteriores, en particular entre 2021 y 2026. La Memoria incorporada al expediente justifica la creación de 39 puestos, trece de ellos para personal funcionario (C1, personal de administración, nivel 15).

Treinta y ocho de los puestos se crean sin dotación presupuestaria, y el único puesto dotado no es para personal funcionario. La dotación necesaria se remite a la disponibilidad de presupuesto en 2027 y, en su defecto, a la desdotación previa de otros puestos.

Posición del SAF en la Mesa

1. La RPT es un instrumento de planificación, no de regularización.

Cada curso se crean, transforman o suprimen centros y sus RPT se modifican tiempo después. Hace tres años ya se aprobó una regularización que debió ser extraordinaria, y hoy se traen actuaciones acumuladas de cinco cursos. El SAF rechaza que esta práctica se normalice: el artículo 104.3 de la Ley 5/2023 exige RPT actualizadas. Solicitamos un procedimiento anual de actualización de la RPT coordinado con los decretos y órdenes de creación y modificación de centros.

2. Necesidades reconocidas, soluciones aplazadas.

De 39 puestos, solo uno cuenta con dotación. La Administración cifra en cero euros el coste inmediato y remite la dotación al presupuesto de 2027; si no hay crédito, propone desdotar puestos vacantes. Somos conscientes de que desde 2020 las leyes de presupuestos lo permiten, pero permitir no es obligar, y crear sin dotar no puede ser la solución habitual. Incluir puestos desdotados en una RPT no es trabajo suficiente.

3. No basta crear el puesto: hay que prestar el servicio público.

Un puesto desdotado no permite incorporar a nadie, no reduce la carga de trabajo ni ofrece una vacante efectiva al personal funcionario. La propia Memoria reconoce que falta personal en una residencia y que ello compromete la atención nocturna del alumnado. El SAF solicitó un calendario de dotaciones (con prioridad, previsión presupuestaria y fecha de cobertura) y los criterios con los que se justificaría la desdotación de otras vacantes.

4. Complemento específico: valorar las condiciones reales del puesto.

Los nuevos puestos C1 aparecen con nivel 15 y un complemento específico de 6.993,84 euros anuales. El SAF solicitó revisar al alza esa valoración para ajustarla a las particularidades del desempeño en centros docentes (trato con menores, documentación sensible, períodos de acumulación de trabajo…), como establece el artículo 66.2.c) de la Ley 5/2023, y pidió las fichas de valoración de los puestos y una propuesta motivada de mejora.

Respuestas de la Consejería

  • Reconoce su deseo de corregir lo antes posible la práctica de regularizar plazas tiempo después de crear los centros y de acompasar la creación de centros con la modificación de la RPT. Lo achaca a la dificultad de ajustar los tiempos de las dos Consejerías implicadas (Educación y Función Pública) y a lo poco ágil de los procedimientos de modificación de RPT.
  • Asume el problema de la dotación, pero ante la ausencia hoy de otra vía distinta a “dotar y desdotar” ha optado por “regularizar en la RPT” la estructura que “como mínimo le corresponde” a cada centro.
  • Informa de que actualmente no se desdotan plazas de personal funcionario para dotar plazas de personal laboral, dada la diferencia entre ambos colectivos: 3.000 efectivos de personal funcionario frente a 11.000 de personal laboral, según datos de la propia Consejería.
  • Traslada el compromiso del Viceconsejero de realizar una “revisión en profundidad de la RPT” cuando finalicen las actuaciones más urgentes, como las relativas a la Evaluación del Desempeño.
  • Sobre el complemento específico, afirma que siempre ha existido “sensibilidad” con los puestos de centros docentes y que, “cuando ha sido posible” y “han existido fondos”, se ha mejorado, siendo hoy superior al de puestos similares en Servicios Centrales y Delegaciones.

Evaluación del desempeño en centros educativos

El SAF expresó su preocupación por cómo se abordará la evaluación del desempeño del personal funcionario de Administración General que presta servicios en centros docentes. Debe garantizarse la equidad procedimental con el resto del personal funcionario de la AGJA y, en ningún caso, las particularidades de estos puestos pueden comprometer la objetividad y las garantías del Decreto 91/2026, de 12 de mayo.

La Consejería indica que trabaja intensamente en el diseño del procedimiento y que tiene en cuenta las particularidades de estos puestos, aunque aún no tiene definido cómo se realizará. Destaca que en ellos “la jefatura corresponde al director docente y la jefatura directa a un secretario de centro docente”, y que el equipo evaluador debe estar formado por “personas que conozcan el ejercicio de las funciones desarrolladas”. Adelanta que posiblemente los objetivos colectivos y sus indicadores sean generales para todos los centros, mientras que los objetivos individuales podrán ser distintos para cada puesto.

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