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PROTECCIÓN DE MENORES: EL BOJA PUBLICA HOY LO QUE EL SAF LLEVABA UNA DÉCADA EXIGIENDO

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publica hoy, 22 de septiembre de 2026, la Orden de 17 de septiembre por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General correspondiente a la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad. Con ella se reconoce el factor de penosidad y peligrosidad en el complemento específico de los puestos de las unidades de Protección de Menores de las ocho Delegaciones Territoriales.

La propia Orden lo dice con una claridad que hasta hace bien poco se nos negaba: diversos puestos de los Servicios de Protección de Menores desempeñan

«funciones de investigación, instrucción, ejecución y seguimiento de medidas de protección que incluyen situaciones de desamparo, retirada de menores del entorno familiar, ejecución de resoluciones administrativas y comparecencias judiciales, con una exposición continuada a situaciones de especial conflictividad social y emocional y a riesgos físicos y psicosociales superiores a los ordinarios».

Es exactamente lo que el SAF lleva más de diez años sosteniendo, solo, ante la Administración y ante el Defensor del Pueblo Andaluz.

MÁS DE DIEZ AÑOS DE LUCHA DEL SAF

Este reconocimiento no ha llegado por generación espontánea ni por iniciativa de la Administración. Es el resultado de una reivindicación histórica del Sindicato Andaluz de Funcionarios, sostenida durante más de una década en todos los frentes disponibles:

  • Queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz. El SAF fue la única organización que llevó el asunto a la institución, que ya en su día recomendó valorar el concepto de peligrosidad en el complemento específico del personal técnico de los servicios de protección de menores.
  • Resolución de 22 de enero de 2022 (Queja Q21/3281), instada por el SAF, en la que el Defensor concluyó que la Administración debía promover la valoración del factor de peligrosidad en los complementos específicos del personal implicado en tareas que conlleven la posible retirada de menores de sus familias.
  • Propuestas del SAF a la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, exigiendo que se consignara la dotación económica necesaria y denunciando que no se abonaba la peligrosidad a puestos que la tienen objetivamente reconocida.
  • Escritos reiterados ante la Consejería competente, que terminó respondiendo afirmativamente y comprometiéndose a plasmar el reconocimiento en la correspondiente modificación de la RPT de los servicios territoriales.
  • Intervención constante en Mesa Técnica y en Mesa Sectorial hasta el cierre del texto que hoy se publica.

LA ÚLTIMA BATALLA: NI UN EURO ABSORBIBLE

Cuando el reconocimiento ya parecía encarrilado, la Administración planteó una absorción del incremento en las Asesorías Técnicas de Menores —83 puestos del grupo A1 y 42 del A2—, con el argumento de que a estos puestos ya se les había incrementado el complemento específico mediante el Decreto 503/2008, de 18 de noviembre.

El SAF se opuso frontalmente. Nos reiteramos en las manifestaciones realizadas en la Mesa Técnica de 9 de marzo, insistiendo en que estas cuantías de ninguna manera debían ser absorbidas: el factor de peligrosidad retribuye un riesgo real y actual, no un ajuste retributivo de hace casi veinte años, y la Ley configura los factores del complemento específico como independientes entre sí.

Tras una ardua negociación, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública rectificó y aceptó incluir el factor de peligrosidad y penosidad en la cuantía del 20% del sueldo base, sin que esas cantidades sean absorbibles.

Sin esa resistencia, hoy más de un centenar de compañeras y compañeros verían reconocida la peligrosidad sobre el papel y no la verían en la nómina.

EFECTOS ECONÓMICOS: la Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación, pero los efectos económicos y administrativos se producen a partir del día 1 del mes siguiente. Es decir, el 1 de octubre de 2026.

UN RECONOCIMIENTO SINGULAR… Y UN CAMINO ABIERTO

La propia Orden advierte de que este reconocimiento tiene carácter singular y excepcional, porque la determinación de los factores del nuevo complemento de puesto —que incluirá la peligrosidad y la penosidad— deberá ser objeto del correspondiente desarrollo reglamentario, previa negociación colectiva, conforme al artículo 66.2 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.

Conviene no perder de vista ese matiz: lo conquistado hoy debe consolidarse mañana en el nuevo modelo retributivo, y ahí el SAF estará, como ha estado durante estos diez años.

Porque este expediente deja una enseñanza difícil de discutir. La Administración ha terminado admitiendo por escrito que hay puestos de la Administración General expuestos a riesgos físicos y psicosociales superiores a los ordinarios y que esa exposición debe retribuirse. Ese principio, una vez reconocido en el BOJA, no se agota en Protección de Menores.

En la Administración General hay otros colectivos que trabajan en condiciones expuestas y que siguen sin ver valorado este factor. El SAF no considera cerrado este capítulo.

ENHORABUENA

Desde el SAF nos congratulamos de que, tras años de lucha en solitario, se haya hecho por fin justicia con unas profesionales y unos profesionales que llevan décadas asumiendo, sin reconocimiento alguno, la parte más dura del sistema de protección a la infancia en Andalucía: entrar en un domicilio, ejecutar una retirada, sostener la mirada de una familia rota y comparecer después ante el juzgado.

Este logro es vuestro. Y es también la prueba de que la constancia sindical, cuando se sostiene con rigor jurídico y sin atajos, acaba dando resultados.

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