2.- CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN CONJUNTA DE LA MESA SECTORIAL Y DE LA COMISIÓN DEL VI CONVENIO COLECTIVO PARA EL DESARROLLO Y APLICACIÓN EN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ACUERDO MARCO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL SOBRE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

La Administración plantea crear una comisión conjunta Mesa Sectorial y Comisión del VI Convenio Colectivo para desarrollo del procedimiento de riesgos laborales. La composición sería idéntica al Plan de Igualdad y con el mismo % de participación de las organizaciones sindicales. Esa es la propuesta que realizan.

Desde el SAF manifestamos que estamos de acuerdo en la constitución de la comisión conjunta, pero siempre previamente que se negocie en Mesa General de funcionarios del artículo 34 del TREBEP. Además, indicamos a la Administración que no son conscientes de la gravedad de lo que está aconteciendo, ya que se está despreciando absolutamente las sentencias de los tribunales, de las cuales ya hemos comunicado al TSJA como ejecución fraudulenta.

El resto de sindicatos se muestran de acuerdo con la propuesta de la Administración.

Oída la parte social, la Administración comunica que, una vez determinada la creación de la Comisión conjunta, se remitirá la documentación y los certificados de representatividad que posee la Autoridad laboral. Pero reitera que los % serán los mismos que el del Plan de Igualdad.

Respecto a lo mencionado por el SAF, expresa que hubo una reunión en donde estuvo presente el SGAP, en donde expresó que la AAPP está dispuesta a crear la Mesa General de Funcionarios, pero que no era el momento adecuado debido al momento de la celebración de las elecciones en distintos sectores. Cuando se termine la mesa, se elevará la propuesta del SAF al SGAP. No quieren hurtar la negociación.

Dan por aprobada la constitución de la Comisión Conjunta, y se enviará la documentación. Se convocará en septiembre.

Desde el SAF reiteramos que la mesa es obligatoria y la Administración insiste en que también pretende la participación del personal laboral. De ahí la creación de la comisión conjunta. Afirman que nunca se ha reunido desde 2007, la MGF puesto que no han considerado que ningún asunto que haya afectado al personal funcionario no haya afectado al personal laboral.

Solicitamos que quede constancia en acta de que en estos 16 años, no se ha considerado la creación de la MGF porque nunca ha habido algún asunto que haya afectado únicamente al los funcionarios.



3: PRÓRROGA DEL PACTO DE LA MESA SECTORIAL DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR EL QUE SE APRUEBA EL DESARROLLO DEL PROTOCOLO DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA LA APLICACIÓN TEMPORAL DEL RÉGIMEN DE TRABAJO NO PRESENCIAL EN EL MARCO DE LA CRISIS  SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

La Administración hace un recorrido histórico de la cuestión del teletrabajo desde la aparición del COVID.

Expresa que el pacto de teletrabajo sea objeto de prórroga hasta que sea objeto de desarrollo reglamentario.

Por parte del SAF nos mostramos de acuerdo con el pacto, pero manifestamos que se hubiera sido preferible ampliar la jornada del trabajo, como ha ocurrido en el AGE, o como ayer mismo ocurrió en el Gobierno Vasco que lo subió a 2 días. Por tanto, solicitamos a que, si por las funciones del puesto lo permiten, se amplié a 2 días, como está ocurriendo en esas y otras AAPP. Creemos que se ha perdido una oportunidad.

Además, instamos a que desde DGRHHFP se den una instrucciones de aplicación homogéneo en toda Andalucía.

La Administración afirma que tendrá que ser necesariamente el decreto que regule el teletrabajo el que recoja todas las cuestiones relativas el teletrabajo, incluida el nº de días semanal que podrán ser prestadas a distancia. Expresa que no es el momento de llevar a cabo ese asunto, que será una de las cuestiones principales del decreto de desarrollo.

Respecto de la petición del SAF, no cree necesario dar una instrucción de aplicación homogénea ya que todos los órganos gestores son conocedores de la obligatoriedad de cumplir la norma. Afirma que si alguna organización sindical es conocedora de algún incumplimiento en materia de teletrabajo primero se dirija al centro gestor y solamente en el caso de que no atienda se dirijan a la DGFPRH.

Respecto del reglamento del teletrabajo, comunican que el desarrollo reglamentario de la LFPA va a ocupar parte de la legislatura. Han analizado el orden de prioridad de cada reglamento a desarrollar. El reglamento de ingreso y provisión es prioritario y acto seguido se desarrollará el reglamento de teletrabajo y espera que a finales de año exista un primer borrador del mismo.

La prórroga estaría en vigor hasta la entrada en vigor del reglamento de teletrabajo. No pueden dar fechas hasta que se constituya la mesa de negociación. Esperan que no vaya más allá de finales de 2023. Eso no significa que el reglamento entre en vigor en esa fecha, porque posteriormente debe seguir el trámite, que implica información pública, solicitud de informes (Consejo Consultivo, Gabinete Jurídico, etc).

Se da por aprobada la prórroga.



4.- BASES DE CONVOCATORIA DE ACCESO LIBRE CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, ESPECIALIDAD INVESTIGACIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.2200) Y DE PROMOCIÓN INTERNA PARA INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, ESPECIALIDAD INVESTIGACIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.2200) Y PARA EL CUERPO DE TÉCNICOS DE GRADO MEDIO, ESPECIALIDAD DESARROLLO AGRARIO Y PESQUERO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A2.2200).

La Administración informa de que han eliminado los centros IFAPA a donde van los opositores. Pretenden que una vez que hayan aprobado y tengan sus notas, se comunicarán a dónde se podrán dirigir. De estas manera habrá más posibilidades.

Quieren comentar que han recibido petición de su servicio de régimen jurídico, que a la hora de analizar la valoración de titulaciones académicas, en relación que no se valorará la titulación necesaria para obtener una superior. No van a modificar ahora nada, ya que se está finalizando la OEP y no quieren introducir cambios. Por tanto, el apartado correspondiente sobre titulaciones, se mantendrá como se ha hecho en las anteriores convocatorias. Se modificará en futuras ofertas.

Desde el SAF hacemos las siguientes alegaciones:

Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

  • De conformidad con lo establecido en el Decreto 359/2003, de 26 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, agencia de carácter administrativo, en su redacción dada por el Decreto 240/2008, de 13 de mayo, el ingreso en la especialidad Investigación Agraria y Pesquera del Cuerpo Superior Facultativo (A1.2200), se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición libre, con sujeción a lo dispuesto en los Estatutos de dicho Instituto. La fase de concurso supondrá el 44% del total del sistema selectivo y la fase de oposición el 56%


Entendemos excesivo un concurso que suponga el 44%. Solicitamos que la fase del concurso baje al 30%, reduciendo proporcionalmente la puntuación de cada baremo.

Solicitamos que en los baremos. Anexo. I. 1. B), referente a publicaciones científicas en función de índices de impacto científicos, se añadan a los reflejados en el borrador de las bases: JRC,SCI e ISI, los siguientes:

GOOGLE SCHOLAR METRICS
SCOPUS CITESCORE
SJR (SCIMAGO JOURNAL RANK)
SOURCE NORMALIZED PER PAPER (SNIP)

No existe un índice de impacto perfecto que refleje completamente el impacto de las investigaciones de los opositores. Por ello se considera adecuado abrir a más índices y considerar diferentes perspectivas al evaluar la calidad e importancia de una publicación científica.

Sobre los apartados nueve dos de las bases:



2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas y la documentación que se detalla en el apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública; no obstante, cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de oferta de vacantes, la presentación de la documentación preceptiva y la petición de destinos, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias de las personas seleccionadas, bien presenciales, bien telemáticas, incluyendo las audioconferencias y las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de la identidad de las personas que participen en dicho acto único.“

Recordamos que no pueden hacer lo que han hecho en las resoluciones de vacantes de la promoción interna.

Afeamos a la Adminsitración que hayan hecho uso del artículo 23.4 del Decreto 2/2002, que indica:

5. Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos, regulados en los anteriores apartados 1 y 2, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias personales de los seleccionados en el lugar y fecha que se determine por la Administración. En caso de incomparecencia o falta de aportación de la documentación requerida, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada, así como en los supuestos de incumplimiento de las condiciones de capacidad o de los requisitos exigidos en la convocatoria, se producirán los efectos establecidos en el apartado 3 del presente artículo. “

Pero después se ha incumplido el acto único, al exigir la presentación de Anexos en un plazo determinado antes de la comparecencia personal, quedando la videoconferencia en un mero preguntar el DNI y si confirman lo establecido en los Anexos, todo un despropósito.

En el mismo momento en que deja de ser un acto único, ya no pueden acogerse a esta excepción y mucho menos excluir a alguien del proceso, y perder su plaza, por no haber podido acceder a la videoconferencia, si ha presentado toda la documentación preceptiva. Máximo en los casos de personal que ocupa un puesto de doble adscripción y todos los requisitos del área funcional y de RPT.

Pues bien, se ha excluido a gente así. Una chapuza más y siempre en contra del personal funcionario.

Inadmisible, y esperamos que resuelvan favorablemente los recursos en vía administrativa sobre estos extremos

La Administración informa que las bases se ha consensuado con muchos actores del IFAPA. Respecto del concurso-oposición que estando dentro de los límites legales no tiene que haber problemas.



5.- BASES PI A1.600 (INSPECTOR URBANISMO):

La Administración afirma que han tenido dificultades a elaborar las bases, ya que son las primeras de promoción interna. Si todo va bien, será el último, ya que la LFP crea el cuerpo de subinspectores. Se encuentra con el problema de combinar las necesidades de personal con el temario de libres porque hay 211 temas, de los cuales el 75 % son específicos.

Haciendo esa combinación, quedándose específicamente con la parte específica se quedan en 150 temas. Informan que ha habido muchos cambios normativos desde el año 2021. Se han centrado en el temario específico eliminando cuestiones del común.

Debido a las funciones del puesto (asistencia a juicio, por ej), no se ha eliminado el examen oral.

Desde el SAF nos reiteramos que en las bases el máximo del concurso debe ser el 30 %.



6.- INFORMACIÓN SOBRE EL PRÓXIMO CONCURSO DE MÉRITOS.

La Administración manifiesta que están trabajando para poner en funcionamiento un concurso de puestos base sin resultas para septiembre u octubre.

Reitera que están trabajando en las bases. No se hace un concurso de puestos bases desde 2003.

Desde el SAF manifestamos que los dos últimos concursos de méritos a resultas se han resuelto en 9 meses, no entendemos cómo ni por qué, ahora se quiere hacer sin resultas. Es evidente que es por estar condicionados por un plazo de resolución de los procesos de estabilización en diciembre de 2024.

Asimismo, desde que está al frente del gobierno autonómico el PP (18 de enero de 2019) únicamente se ha convocado un concurso de méritos.

Pues no bastando con ello ahora salen con la lucida idea de que no va a ser a resultas, por si fueran pocas las oportunidades de ascenso en la carrera administrativa, la Administración las limita aún más. Que pretenden? Tanto cuesta cumplir con la normativa reglamentaria actual que obliga a la convocatoria de un concurso semestral?.

Desde el SAF pedimos que quede constancia en acta de que no sale el concurso de plazas de estructura, debido a los procesos de estabilización. Las plazas sobrantes del concurso, irán destinadas a los procesos de estabilización y que tienen que estar resueltos el 31 de diciembre de 2024. Este concurso es consecuencia del acuerdo de 3 organizaciones sindicales (CSIF, ISA y CCOO) referente a la incorporación “extra” de plazas de estabilización. No va a ser resultas porque en base al mismo acuerdo, las plazas sobrantes del concurso que incluyan en dichos procesos de estabilización, los procesos tienen que estar resueltos para antes de diciembre de 2024 y los plazos no dan para más....

No hay ningún otro obstáculo para que se convoque el concurso a resultas.

La Administración dice que estudiarán la posibilidad de que haya un exista un concurso a resultas. De la puesta en marcha del concurso abierto y permanente, habrá que negociar y posteriormente desarrollar los aplicativos informáticos.

Desde el SAF manifestamos que se contradecir al SGAP, ya el dijo que el concurso de méritos ordinario, sería independiente del trámite de la nueva norma. Reiteramos que, si no está tramitada la nueva norma, se convoque por el D2/2002.

La Administración argumenta que ellos cumplen, porque el concurso semestral únicamente aplica al ámbito de servicios centrales y servicios periféricos en Sevilla.

No van a hablar del concurso a resultas, ya que el punto del día es el concurso derivado del acuerdo de estabilización.

Las instrucciones que dio el SGAP es que únicamente se incluirán puestos bases.



7.- INFORMACIÓN PROCESOS SELECTIVOS:

OEP 2019-2020-2021: En la actual oferta en curso de carácter libre, casi todos los cuerpos están publicadas las ofertas de vacantes, excepto algunos que están pendientes de publicación o de envío a BOJA, intentando enviar los nombramientos en agosto. Envían CUADRO. Como se expone a continuación, no permiten un turno de ruegos y preguntas, así que expresan que no procede en este preguntar en este punto del orden del día, solicitar información sobre los exámenes del A1.1100 y A2.1200, de los cuales prevén que se queden libre un número elevado de plazas, instando a solicitarlo fuera de la mesa.


SIGUIENTES MESAS:



• MARTES 25 JULIO: Mesa Sectorial Extraordinaria OEP estabilización.
• MIÉRCOLES 26 JULIO: Mesa Ordinaria para aprobar varias modificaciones de RPT.
• JUEVES 27 JULIO: Negociación final nuevo Reglamento de ingreso y provisión.

Para finalizar, SAF solicita un turno de ruegos y preguntas, para plantear diversas cuestiones, no permitiendo-lo la Administración y dando por concluida la mesa.




 

 

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