En el día de ayer se celebró una reunión de la Mesa Técnica para la modificación de la RPT del IAM. En representación de la Administración participan la Secretaria General del Instituto y la Jf. Sv. Personal y Administración General.

Tras una breve explicación de lo propuesto, se pasa el turno de palabra a las OO.SS., e intervenimos en primer lugar por ser el sindicato con mayor representación en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía:

Manifestamos que no estamos de acuerdo en la creación de puestos de trabajo sin su correspondiente dotación presupuestaria, aunque se permita por parte de la DGRRHHFP, a raíz del cambio normativo.

Por otro lado, la R.P.T. es la expresión de las necesidades mínimas de personal para acometer y llevar a cabo las competencias atribuidas y los fines encomendados de un determinado Centro Directivo, por lo que la creación sin dotación desconfigura y manipula artificiosamente esta premisa.


En cuanto a la supresión de la Formación Específica:

No estamos de acuerdo con la supresión de la Formación Específica para el desempeño de los puestos:

2630110 GABINETE DE ESTUDIOS Y PROGRAMAS
8031510 A.T. ACREDITACIÓN CENTROS – LEG. MUJER.
8032510 ASESOR/A TÉCNICO/A ATENCIÓN MUJER
8033510 A.T. PROGRAMA ATENCIÓN SALUD MUJERES
104110 A.T. – PROGRAMAS COEDUCATIVOS
1623810 A.T. ATENCIÓN SOCIAL MUJERES
1623910 DP. ESTUDIOS

3021710 SV. COORDINACIÓN
6759210 DP. GESTIÓN PROGRAMAS
2626810 ASESOR TÉCNICO – PROGRAMAS FORMACIÓN DE GÉNERO


Aunque es cierto que el Instituto Andaluz de Administración Pública pone a disposición de todo el personal de la Junta de Andalucía actividades formativas relativas a la igualdad y violencia de género (generalistas), no se puede eliminar la formación específica a efectos de facilitar la cobertura de los plazas de esta Agencia Administrativa en los distintos procesos de provisión de puestos (no acceso como pone la memoria justificativa), en puestos específicos con diferente formación que atienden las necesidades concretas del Instituto, y para los que es necesaria la formación como requisito para su ocupación de “PROGRAMA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES” y “PROGRAMA ATENCIÓN MUJER”, en puestos adscritos tanto de la Dirección como de los Centros Provinciales de la Mujer.

A este particular, se solicita la remisión antes de la Mesa Sectorial las memorias específicas para la formación que se elaboraron para la creación y justificación en estos puestos, con centros que pueden impartir la misma, horas mínimas necesarias, contenido de la formación...etc


Modificación de Titulaciones en puestos recogidos en la R.P.T.

Hay puestos en los que no se ha incluido la titulación de Grado (Plan Bolonia), por lo que se solicita:

8032510 A.T. ATENCIÓN MUJER: Incluir Grado Trabajo Social

1623810 A.T. ATENCIÓN SOCIAL MUJERES: Incluir Grado C-. Políticas y Sociales

1623910 DP. ESTUDIOS: Incluir Grado C-. Políticas y Sociales


Confección Cuadros IV

No se han confeccionado los Cuadros IV de los puestos base (T.S. y T.G.M.), conforme a lo dispuesto en la instrucción 2/99.

Cuadro IV: Ficha descriptiva analítica del puesto.

Esta ficha deberá ser cumplimentada en los siguientes supuestos:

- Creación de nuevos puestos. ( Sin excepciones)

Aunque no lo exija la DGRRHHFP, es una vulneración del procedimiento e incumplimiento de la norma que regula el procedimiento de actuación.

No se han adaptado los puestos al lenguaje no sexista. (Igualdad de Género):

La Transversalidad de Género es definida por la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía, en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.

PUESTOS NO ADAPTADOS (25):

8153510 ; 2628210 ; 11296410 ; 11522810 ; 12106610 ; 103610 ; 8251110 ; 3017210 ; 8251210 ; 3018110 ; 3018210 ; 8251010 ; 3019010 ; 8251310 ; 3019810 ; 11533010 ; 8251410 ; 3020610 ; 3020710 ; 8251510 ; 12444110 ; 8251610 ; 8251710 ; 3023210 ; 104510 ;

A este respecto, estamos considerando muy seriamente plantear una denuncia al Ministerio con competencia en Igualdad (por incumplimiento de la Ley por parte de los Centros Directivos involucrados (DGRRHHFP, Consejerías, y Agencias administrativas o de régimen especial).


Centros de la Mujer de Córdoba y Granada

En todos los Centros de la Mujer de las distintas provincias se crea un puesto de trabajo de Titulado Superior (Funcionario), salvo en Córdoba y Granada.

No sabemos a qué se debe esta diferencia y preguntamos al particular. No tiene sentido, si lo que se pretende es homogeneizar la estructura provincial.

Nos explican que hay puestos laborales en esos Centros de la Mujer de apoyo a las tareas administrativas. ¿Vulnerando la reserva funcionarias y las potestades públicas? Lo preguntaremos en Mesa Sectorial.

Proponemos quitar de SS.CC. e igualar la estructura provincial.


Modificación puesto A.T. Nivel 23 a 25 (14474610 ASESOR/A TÉCNICO/A)

Estamos conforme con el incremento de nivel y modificación de los factores del Complemento Específico al puesto de Asesor/a Técnico/a del Centro de la Mujer de Sevilla, toda vez que dicho puesto no está titularizado ni ocupado.


Diferencias según la Memoria Económica

Dado que el saldo es positivo - 5.532,77 € - en el resumen de financiación (Dif. Suprimido mayor a creado), se solicita se incluya a un puesto de Titulado/a Superior o Titulado/a Grado Medio los factores en el Cto. Específico de Incompatibilidad (I) y Dedicación (D), que supondría factores X-XX-, por un importe medio de 4.800 Euros

 

 

 

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