El Alto Tribunal andaluz, a instancia de SAFJA, anula definitivamente todos los PLDs de Coordinadores en el IFAPA que, además, no existen en la RPT del Instituto.

enchufes ifapaEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anula, en una demoledora sentencia que estima definitivamente el recurso interpuesto por SAFJA, todos los puestos de libre designación (PLDs) realizados por la Presidencia del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA) de las diferentes Áreas de dicho Instituto (Ver sentencia firme) (Ver en prensa).

El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía recurrió un escrito enviado desde la Presidencia del IFAPA a los Directores de los Centros y Jefes de Servicio, comunicando la designación de una serie de personas como Coordinadores y Coordinadores de Área. El documento en cuestión sólo incluía el área y el nombre del designado para la misma, prescindiendo de cualquier otro dato que pudiera justificar los nombramientos realizados y desconocimiento si las referenciadas son o no funcionarios (Ver recurso de alzada de SAFJA). Además se trata de nombramientos digitales para ocupar puestos que no existen en la RPT del IFAPA.

Es más, la sentencia hace referencia al Tribunal Supremo y recuerda que tiene reiteradamente declarado que la adopción del sistema de libre designación, por su carácter excepcional, sólo es ajustada a derecho cuando está debidamente justificada en atención a la naturaleza de las funciones asignadas a la plaza. Por tanto, esta designación "a dedo" carece de la acreditación previa de requisito o capacitación para cubrir las plazas que deben ocupar funcionarios y que omite las más primordiales normas de la legislación vigente. Es más, dichas designaciones contravienen preceptos constitucionales, relativos a los derechos y libertades de los ciudadanos, y normas de ámbito administrativo de obligado cumplimiento.

SAFJA aclara, una vez más, que la provisión de tales plazas de Coordinadores entre investigadores del Área correspondiente habrá de realizarse mediante concurso, que sin duda es el sistema selectivo más propicio para la efectiva realización de los principios de mérito, capacidad e igualdad de condiciones entre tales investigadores, así como el de publicidad.

Es la tercera sentencia estimatoria del TSJA en el mes de marzo que da la razón a esta Organización Sindical en materia de libre designación. El Alto Tribunal andaluz ha fallado a favor de SAFJA en otras dos sentencias más por las que se estiman dos recursos contra las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de Agricultura, anulando los 11 y 21 PLDs creados en cada Consejería respectivamente (Ver sentencia PLDs Economía) (Ver sentencia PLDs Agricultura).

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