SAFJA alega las negligencias que soporta el nuevo Tribunal Administrativo de la Junta, tales como nombrar cargos de mayor responsabilidad de forma directa, sin procedimientos públicos y transparentes, duplicar el número de altos cargos y dotar al Tribunal de competencias que corresponden por Ley a las entidades locales.

SAFJA ha presentado dos escritos de alegaciones, ante la anterior Consejería de Justicia y Administración Pública y actual Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, contra el Anteproyecto de la Ley del Tribunal Administrativo de la Junta de Andalucía. Son numerosas las contrariedades e ilegalidades cometidas en dicho Anteproyecto, como el dudoso carácter autónomo de este Tribunal Administrativo que "ejercerá sus funciones con autonomía funcional, para garantizar su objetividad e independencia", pero al mismo tiempo "está adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de Administración Pública". Esta adscripción orgánica del Tribunal a la Consejería de Justicia no garantiza el principio de autonomía consagrado (Ver escritos de alegaciones) (Ver en prensa).

Es más, en la Disposición adicional segunda del Anteproyecto se establece que dicho Tribunal "queda facultado para conocer del recurso sustitutivo del de alzada y reposición potestativo contra los actos, resoluciones y acuerdos de las entidades locales andaluzas que suscribieren a tal efecto el correspondiente convenio de colaboración en el que se recoja la participación de la entidad local en los gastos de funcionamiento del Tribunal Administrativo". Un paso atrás que no sólo causa un grave perjuicio a la autonomía de la Administración Local, sino que además choca frontalmente con numerosas normas de nuestro ordenamiento jurídico que persiguen lograr un Estado descentralizado y dividido en entes territoriales dotados de su propia autonomía, tal y como se consagra en nuestra Constitución.

Al igual que ocurre con la configuración del Tribunal como "autónomo", la previsión de que el sistema de nombramientos de cargos de mayor responsabilidad sea directo, sin el establecimiento de ningún tipo de procedimiento público y transparente, hará que dicho Tribunal sea, en la práctica, totalmente dependiente de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. Este Tribunal está compuesto por un Presidente, un Secretario General y no más de ocho Vocalías, todos elegidos mediante libre designación sin ser sometidos a ningún sistema basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, ignorando así lo establecido en el EBEP y en la Constitución Española. En este sentido, parece necesario recordar al Gobierno andaluz que la Constitución Española señala que "tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes" y que "corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". Si ello es así para el personal que se adscriba en su día al Tribunal Administrativo, ¿por qué no debe ser para la provisión de puestos que por su posición jerárquica ocupan cargos de alta responsabilidad máxime cuando se propugna la autonomía de dicho Tribunal?

Además, en cuanto a las funciones del Tribunal, se establece que el mismo tendrá "competencia específica para tramitar y resolver los recursos que ante él se promuevan contra resoluciones y actos dictados por los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias". Actualmente la resolución de los recursos referidos la hacen cargos políticos, pero la implantación del Tribunal no supone el traslado de estos cargos sino la creación de nuevos puestos. En plena crisis económica, en lugar de duplicar altos cargos, ¿no es más lógico, y como medida de "austeridad", reducir el número de altos cargos y, de este modo, financiar este Tribunal y, lo que es más importante, ahorrarnos gastos todos los andaluces? También se podrían recortar los altos cargos en las agencias de la Administración Paralela, que en la actualidad tengan encomendado la resolución de recursos administrativos, ya que dichas resoluciones van a ser competencia del nuevo Tribunal Administrativo de la Junta.

El Anteproyecto de la Ley del Tribunal Administrativo de la Junta cae por su propio peso y SAFJA considera que aún queda mucho por solventar. Entre otros cabos sueltos, se debe tener en cuenta en la configuración del nuevo Tribunal Administrativo de la Junta que todos los cargos y puestos de trabajo se cubran por concurso de méritos (reglado, público y transparente) y basado en los principios de igualdad, méritos y capacidad en base a la Ley 6/1985 y al Decreto 2/2002; que se respeten los principios jurídicos de nuestro Estado de Derecho y no se perjudique la autonomía de la Administración local dotando al Tribunal de competencias que por Ley corresponden a las entidades locales; y que, ante el mismo número de funciones, no se deben duplicar sino reducir los altos cargos, medida de "austeridad" que agradecerán los bolsillos de todos los andaluces. ¡Qué mínimo tras tocar los bolsillos de funcionarios, familias, pensionistas y personas dependientes! ¿O no hay crisis para los altos cargos, cuyos sueldos distan bastante de los sueldos, muchos de ellos mileuristas, de los funcionarios?

En definitiva, SAFJA exige el estricto cumplimiento de la legislación vigente, premisa fundamental para respetar los derechos de los funcionarios y los ciudadanos en general, que el Gobierno andaluz parece ignorar continuamente.

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