Exigimos, una vez más, a la Administración que no discrimine a los funcionarios transferidos del INEM al SAE y cumpla con la legislación vigente al respecto.

sentencia_transferidos_webUna afiliada onubense de SAFJA, respaldada por nuestro gabinete jurídico, ha conseguido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, número uno de Huelva, le dé la razón en un recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 27-02-2007, de la Delegación Provincial (D.P.) en Huelva, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes en esta provincia (Ver Sentencia). Esta afiliada es funcionaria de carrera desde octubre de 1997, siendo personal transferido del INEM al SAE desde abril de 2003, y ocupa actualmente plaza de auxiliar administrativo (Grupo D1, nivel 14). La funcionaria afectada impugnó el concurso, porque no se le habían baremado los méritos relativos a la valoración del trabajo desarrollado y la permanencia en el puesto de trabajo, vulnerándose diversa normativa en materia de Función Pública, así como los artículos 14 y 23 de la Constitución Española.

La legislación vigente es muy clara al respecto. La Ley 30/1984, artículo 12.1, establece que los funcionarios transferidos a las Comunidades Autónomas "SE INTEGRAN PLENAMENTE en la organización de la Función Pública de las mismas". La Disposición Transitoria Segunda, de la Ley Orgánica 6/1981, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, va más allá y afirma que "Los funcionarios adscritos a servicios de titularidad estatal o a otras instituciones públicas que resulten afectadas por los traspasos a la Comunidad Autónoma pasarán a depender de ésta, siéndoles respetados todos los derechos de cualquier orden o naturaleza que les correspondan en el momento del traspaso, incluso el de participar en los concursos de traslados que convoque el Estado, en igualdad de condiciones con los restantes miembros de su Cuerpo(...)." El Estatuto Básico del Empleado Público también se pronuncia sobre este tema en su artículo 88 y dispone que "Se reconoce la igualdad entre todos los funcionarios propios de las Comunidades Autónomas con independencia de su Administración de procedencia". En esa misma línea, y en numerosas sentencias, se han manifestado reiteradamente el Tribunal Constitucional y recientemente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla.

Esta historia viene de lejos. Ya en su día calificamos de auténtico "parche" la modificación de la RPT de las oficinas del SAE donde esta discriminación injustificada se hacía evidente, y que se aprobó con el aplauso incondicional de 4 (UGT, CCOO, CSI.F y USTEA) de los 5 sindicatos de la Mesa Sectorial de Negociación (Ver noticia sobre la RPT del SAE).

Desde que en 2002 se creó como Organismo Autónomo el SAE, los funcionarios transferidos desde el Estado tienen que aguantar injustas discriminaciones con el resto de funcionarios de la Administración General, como que no se le compute la permanencia en los Concursos de Méritos, y que han sido puestas de manifiesto en más de una ocasión por los Tribunales y las acciones de este SINDICATO, como es el caso que nos ocupa. La situación de estos compañeros es muy dura, ya que los transfieren por imperativo legal pero son considerados funcionarios de nuevo ingreso en los concursos de méritos.

Desde nuestro SINDICATO pedimos al Gobierno Andaluz que acate las sentencias y cumpla la Ley, solventando así estos graves problemas que tienen los funcionarios en los SAE, y puedan prestar, en mejores condiciones, sus servicios a los ciudadanos.

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