El Defensor del Pueblo Andaluz responde a nuestra denuncia e insta a la Consejería de Igualdad a ceñirse a la legislación y deje de externalizar funciones reservadas en exclusiva a sus propios funcionarios.

chamizoNuestro Sindicato denunció las irregularidades llevadas a cabo en los Servicios provinciales de Protección de Menores, pertenecientes a las distintas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social (Ver información sobre nuestra denuncia) (Ver primeras actuaciones). La política de personal en estos Servicios es nefasta. Los puestos base, para los que se requiere una titulación específica y pertenecer como funcionario al Cuerpo, especialidad u opción correspondiente, están cubiertos poco más del 50% de ellos. Más grave aún es el caso de los puestos denominados de estructura o de mayor cualificación y responsabilidad en la materia, donde este porcentaje supera escasamente el 20%. Sin embargo, debido a nuestra queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz, y su difusión en los medios de comunicación, conseguimos que muchos de los puestos de estructura se hayan dotado para que se puedan cubrir en el concurso de méritos que está a punto de resolverse.

El problema es que la Administración, a través de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales, contrata a personal laboral que realiza su labor formando parte de Unidades Tutelares o actuando con carácter independiente y realizando FUNCIONES PROPIAS RESERVADAS EN EXCLUSIVA por Ley a los funcionarios de las distintas Delegaciones de la Consejería. Y en este sentido se ha pronunciado el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, que rebate a la Junta en sus argumentos y le aclara que "La "flexibilidad" en la contratación de terceros ajenos a la Función Pública, aducida por la Administración como elemento para mejorar la atención, no es sino una forma solapada de crear una Administración paralela, a través de Fundaciones adscritas a ella misma que, recurriendo a la figura de la Encomienda de Gestión, realizan iguales funciones que las destinadas a los propios funcionarios: Encomienda de Gestión a Fundaciones adscritas a la propia Consejería de Igualdad y Bienestar Social que, por otra parte, podrían ser nulas de pleno derecho, por cuanto vulneran lo dispuesto al respecto por la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común" (Ver recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz) (Ver noticia en ABC) (Ver noticia en El Mundo) (Ver noticia en La Razón).

La recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz es demoledora y no deja lugar a dudas cuando recuerda que "La Ley 7/2007, Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 9.2 dice con diáfana claridad que "En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la Ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca". Es más, Chamizo asevera que "nos encontramos ante una materia muy sensible, tal y como es la educación y orientación de menores que llegan allende nuestras fronteras, que requiere, por tanto, la presencia de personal funcionario, independiente y especializado, que garantice precisamente una actuación objetiva en defensa de los intereses generales".

En la recomendación del Defensor se establece que bastaría con incorporar la capacitación y cualificación de estos puestos en los requisitos de formación y titulación exigibles en la RPT, "y la provisión de estos puestos de acuerdo con lo regulado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía."

Chamizo exige a la Administración que revoque la encomienda de gestión a favor de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales, dejando ver que podría ser "nula" y que adopte "las medidas oportunas para modificar la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, incorporando puestos de trabajo a los que se les asignen las funciones de Mediación Interculturales".

Esperamos que la respuesta de la Administración al respecto sea consecuente y que actúe conforme a la legislación vigente. Desde SAFJA continuamos pidiendo, ahora, también, apoyados por el Defensor del Pueblo Andaluz, que las funciones desempeñadas irregular e ilegalmente por personal laboral sin cualificación, deben verse reflejadas en los respectivos puestos de trabajo en la RPT, que, por tanto, han de ser dotados y cubiertos por funcionarios, mediante procedimientos que garanticen el absoluto respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a los mismos y que tengan los requisitos exigidos para el correcto desempeño de unos puestos destinados, nada más y nada menos, a la protección de menores.

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