El Gobierno andaluz ni siquiera respeta la legislación de su propio Parlamento y continúa empeñado en actuar al margen de la Justicia, a pesar de una tercera sentencia, respaldada ya por otras dos firmes del TSJA.

parlamentoandaluzUna NUEVA SENTENCIA del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Sevilla da la razón a SAFJA en materia de artículos 30. NUESTRO SINDICATO recurrió la resolución de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, por la que se anunciaba una convocatoria, basada en los artículos 29 y 30 de la Ley 6/85 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, para la cobertura provisional de tres plazas vacantes de Técnico en Informática y Telecomunicaciones. (Ver Sentencia a favor de SAFJA)

Efectivamente, la sentencia falla a favor de SAJFA, estima el recurso y ANULA LA RESOLUCIÓN por no ser conforme con el ordenamiento jurídico, en cuanto permite la participación a los interinos acogidos al anulado, por dos veces, compromiso de estabilidad.

Existen, AL MENOS, DOS SENTENCIAS QUE ANULAN DICHO COMPROMISO por no ajustarse a derecho, una de ellas en 2000 (Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, Sevilla), con ejecución forzosa desde octubre de 2001, y otra en 2003 (Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, Granada). Esta última sentencia daba la razón a SAFJA en un recurso interpuesto contra la publicación de un nuevo Acuerdo en 2003 creado a imagen y semejanza del anterior que recogía, otra vez, el compromiso de estabilidad.

Además, la sentencia reitera que dicho acuerdo reconocía "de facto una relación permanente no provisional que se materializaba a través de la reubicación y al margen de las razones de necesidad o urgencia que han de concurrir para cubrir una vacante", PERJUDICANDO Y DISCRIMINANDO a los funcionarios de carrera y a los posibles aspirantes, al sustraer esas plazas de los concursos de traslado para su provisión por funcionarios, de la oferta de empleo público, para su provisión libre o por promoción interna. También se hace referencia a una de NUESTRAS SENTENCIAS FIRMES del TSJA, la cual expone que la actuación irregular de la Junta "supone la equiparación de los interinos con los funcionarios de carrera, o, al menos, la creación al margen de la legalidad vigente de una categoría intermedia entre los funcionarios y los interinos; los interinos con compromiso de estabilidad".

SAFJA GANA UN NUEVO PULSO JUDICIAL al Gobierno de la Junta de Andalucía y, desde nuestro SINDICATO, le exigimos que actúe de forma ecuánime y respetuosa con su propia normativa. También reivindicamos que deje de utilizar continuos recursos  contra todas las Sentencias para intentar consolidar, con el paso del tiempo, situaciones ilegales en su origen, máxime cuando esas Sentencias, en nuestro caso, no aportan nada nuevo que no esté YA EN LA LEY.

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