Los representantes del Sindicato advierten sobre las consecuencias al incumplir normativa en materia tan sensible como la prevención de riesgos laborales.

prevencion-riesgos-laboralesEn un escrito dirigido a la Secretaría General del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), los delegados de prevención denuncian la irregular designación de trabajadores como encargados de organizar y desarrollar actividades de protección de la salud y prevención de riesgos profesionales (Ver en prensa).

A raíz de la propuesta de requerimiento de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Sevilla a la Administración Pública, y en connivencia con el Director General de Seguridad y Salud Laboral, el SAE ha encomendado funciones reservadas a los servicios de prevención propios a personal del catálogo de puestos no funcionarios, provenientes de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (FAFFE).

La Administración ni siquiera ha informado de esta designación a los delegados de prevención, a pesar de la obligación recogida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la consideración como falta grave en el Real Decreto Ley 5/2000.

Los delegados de prevención de SAF advierten sobre las peligrosas consecuencias de dejar en manos de personal que no reúne los requisitos legales funciones tan delicadas y significativas como garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores y la alta protección de datos de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

La Consejería de Hacienda y Administración Pública deberá autorizar la cesión de datos de carácter personal, por lo que el acceso a los mismos por personal no funcionario puede conllevar responsabilidades de la Secretaría General del SAE.

El Decreto 96/2011 que aprueba los Estatutos del SAE establece que "aquellos puestos de trabajo que conlleven ejercicio de autoridad y funciones que impliquen participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades administrativas (...), serán desempeñados por personal funcionario".

En base al Decreto 304/2011, las Consejerías y las agencias administrativas y de régimen especial deberán contar con una organización preventiva propia, dotada de medios personales y materiales, y las Unidades de Prevención llevarán a cabo las funciones en la materia. Estas Unidades están integradas por funcionarios de carrera (F), al amparo de la reserva de potestades públicas recogidas en el EBEP, por lo que el ejercicio de funciones en materia de prevención por personal no funcionario puede conllevar responsabilidades en vía administrativa y judicial.

SAF manifiesta la ilegalidad del procedimiento iniciado por el SAE que ignora los derechos de los trabajadores recogidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa propia de la Junta.

Como se ha indicado, SAF acudirá a la Autoridad Laboral y a la Inspección General de Servicios, adscrita a la Secretaría General para la Administración Pública, para que se adopte una solución inmediata. A través de varios escritos, los delegados de prevención ya han puesto en manos de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Sevilla y de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral esta situación como responsables en su ámbito de actuación.

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