El Sindicato denuncia la restricción de los derechos de las trabajadoras, en vísperas de su festividad.

8_marzo_dia_int_mujer_trabajadoraEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a la Secretaría General y a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública para exigir el abono del complemento de productividad al personal funcionario que se encuentra en periodo de disfrute del permiso de maternidad. A este respecto, SAF denuncia la discriminación económica que sufren las trabajadoras en la Administración (Ver en prensa).

Es el segundo escrito que presenta SAF en estos términos. Precisamente en vísperas del día de la mujer trabajadora, estas reivindicaciones tienen más sentido que nunca. El Sindicato lleva casi tres meses pidiendo a la Junta de Andalucía cualquier informe o instrucción al respecto, dado que la falta de abono de la productividad supone una clara restricción de los derechos e intereses de las trabajadoras.

La única respuesta de la Secretaría General ha sido que el pago íntegro de una prestación económica corresponde a la Seguridad Social y que la Junta se limita a abonar las diferencias retributivas superiores. Pero no hay referencia al complemento de productividad que SAF reclama.

El Sindicato solicita que se dicte, con carácter urgente, las instrucciones u ordenes necesarias para abonar la productividad, a mes vencido o a la finalización del permiso de maternidad, y se sufraguen las diferencias retributivas a las funcionarias como consecuencia del impago del complemento en los últimos cuatro años.

El Sindicato reitera que el permiso por maternidad es un derecho recogido en la Ley 7/2007 y en el Decreto 349/1996, que establece la duración del mismo y las situaciones previstas para que la conciliación de la vida familiar y profesional, con especial referencia a la mujer trabajadora, sea una realidad. Es más, SAF recuerda que estos permisos se consideran trabajos efectivos realizados, así que no pueden sufrir reducciones.

El Tribunal Constitucional ha matizado que "puede causar una vulneración del artículo 14 CE la restricción de los derechos asociados con la maternidad o la asignación de consecuencias laborales negativas al hecho de su legítimo ejercicio, visto que el reconocimiento de esos derechos y sus garantías aparejadas están legalmente contemplados para compensar las dificultades y desventajas que agravan de modo principal la posición laboral de la mujer trabajadora".

Argumento respaldado por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que reconoce el derecho a la percepción de la productividad y llega a condenar a la Administración al pago de indemnización por vulnerar el derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo. Tal sucede con el embarazo, elemento o factor diferencial que, en tanto que hecho biológico incontrovertible, incide de forma exclusiva sobre las mujeres.

El Sindicato manifiesta su preocupación ante el aumento de solicitudes de información al respecto por parte de las funcionarias afectadas. Por ello, SAF pide una respuesta clara de la Administración y le brinda la puerta del diálogo, una vez más. En el caso de no recibir contestación, SAF se reserva el derecho de llevar a cabo las actuaciones legales que estime procedentes para la exigencia de responsabilidades.

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