El Juzgado de Instrucción acepta la posibilidad de indicios de actuación ilícita ante el incumplimiento de sentencias firmes.

rueda de prensa.noticia imputadasEl Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla ha dictado un auto para imputar a las Directoras Generales de Recursos Humanos y Función Pública y de Planificación y Organización de los Servicios Públicos denunciadas, vía penal, por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF). La denuncia versa sobre la negativa a facilitar información de efectivos reales, dotación de vacantes de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y contratación de externos (Ver en prensa).

El Juzgado cita a las imputadas "al objeto de darles traslado de la denuncia y ser informadas de sus derechos, en esa comparecencia una vez realizado lo anterior, se fijará definitivamente día y hora para que las mismas sean oídas como imputadas".

Es el segundo auto dictado por este Juzgado que insiste que los hechos denunciados presentan "los mínimos indicios de actuación ilícita penalmente reprobable que debe ser comprobada por este instructor", ya que SAF ha alegado "una serie reiterada de sentencias y resoluciones judiciales que se han reflejado en sus escritos y que se dice incumplidas o no tenidas en cuenta por las denunciadas en relación a las peticiones del Sindicato".

"Por eso -continúa el magistrado- es procesalmente pertinente imputar formalmente a las dos denunciadas, para que tras ser instruidas de sus derechos y con asistencia jurídica precisa, puedan ser oídas en declaración para que puedan dar una explicación sobre su actuación en relación al contenido de la denuncia presentada".

SAF ha señalado en la denuncia que las titulares de las Direcciones Generales citadas pueden incurrir en posibles delitos de desobediencia de resolución judicial y contra los derechos de los trabajadores, artículos 410 y 315.1 del Código Penal.

La denuncia penal es el resultado de la peregrinación de peticiones de SAF durante años, a veces dirigidas a las Directoras Generales, para solicitar información básica e imprescindible en la defensa de los derechos de los funcionarios y que no han tenido respuesta.

La Dirección General de Planificación y Organización se niega a proporcionar los listados de efectivos reales con el pretexto de que "constan datos de carácter personal". SAF recuerda que la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal reconoce que el consentimiento de los interesados no será preciso "cuando la cesión está autorizada en una ley, (...) cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica". Es más, la identificación de puestos y titulares se publica en resoluciones de concursos, adjudicaciones de puestos de libre designación o concesiones de artículos 30.

Por su parte, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública declina que sea su competencia y matiza que la dotación de puestos corresponde a los titulares de cada Consejería. Así, ambas Directoras Generales incumplen la Ley 7/2007 y la Constitución Española y obstaculizando la labor de SAF, mayoritario en la Administración General de la Junta.

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